INTERÉS USURARIO EN MATERIA MERCANTIL. CUÁNDO DEBE CONSIDERARSE QUE EXISTE Y EN QUÉ MOMENTO PROCESAL DEBE ESTUDIARSE.
Texto de la tesis
El orden jurídico nacional sanciona la prohibición de usura de dos maneras; como tipo penal, y como ineficacia (bajo la figura de la lesión). Así, le da un tratamiento distinto dependiendo del ámbito en que ocurra. En ese sentido, y conforme a los artículos 2, 81, 385 y 388, del Código de Comercio; 17, 2230 y 2395 del Código Civil Federal; 79 y 190 de la Ley de Amparo, así como el artículo 21, apartado 3, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se aprecia que, en el ámbito mercantil, el pacto de intereses usurarios (o lesivos) se sanciona otorgando al afectado, a su elección, la pos...
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