IUSera
Registro digital 2002799 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. LIX/2013 (10a.) · Primera Sala

IMPUESTO PREDIAL CON BASE EN RENTAS. LOS ARTÍCULOS 43, FRACCIÓN I, INCISO C) Y 683 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL, VIGENTES EN 2006, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 2398 Y 2412, FRACCIONES I Y III, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, NO SON CONTRADICTORIOS Y, POR ENDE, NO GENERAN INSEGURIDAD JURÍDICA.

Fiscal y Hacendario Civil y Familiar
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Texto de la tesis

El artículo 43, fracción I, inciso c), del Código Financiero del Distrito Federal, abrogado, establece que el domicilio fiscal de las personas físicas cuando tengan bienes que den lugar a contribuciones, es el lugar del Distrito Federal en donde se ubiquen; mientras que el numeral 683 del mismo ordenamiento prevé que las notificaciones personales se harán en el último domicilio que la persona a quien se deba notificar haya señalado ante las autoridades fiscales en el procedimiento administrativo de que se trate; además establece distintos lineamientos aplicables en la práctica de notificacione...

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