IUSera
Registro digital 2002708 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.C.11 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

APELACIÓN EN EL JUICIO MERCANTIL. EL TÉRMINO PARA INTERPONER EL RECURSO ES DE CINCO DÍAS, CUANDO SE RECLAMA EL CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE SEGURO, CELEBRADO CON ANTERIORIDAD A LAS REFORMAS DEL CÓDIGO DE COMERCIO, PUBLICADAS EL VEINTICUATRO DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS, SIENDO APLICABLE EL ARTÍCULO 1079 DE DICHO CÓDIGO, ANTERIOR A LA REFORMA EN CITA, CONFORME A SU TRANSITORIO PRIMERO.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo primero transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis, dispone expresamente que las reformas "no serán aplicables a persona alguna que tenga contratados créditos con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto". Ahora bien, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 37/97, cuya sentencia fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.