VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. REGLAS PARA DETERMINAR SU PAGO CONFORME AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.
Texto de la tesis
De la cláusula 47 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Sindicato Nacional de Trabajadores de dicho Instituto, se colige que si el reclamo del reconocimiento de antigüedad se sitúa en el parámetro de 5 a 19 años, no puede generar diferencias a favor del trabajador por concepto de vacaciones y prima vacacional, pues conforme a la citada cláusula, a los trabajadores del Instituto que tienen una antigüedad dentro de ese rango les corresponde un periodo ordinario de vacaciones de 20 días, sin que pueda estimarse que procede el pago de esos c...
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