TRABAJADORES JUBILADOS DEL SEGURO SOCIAL. SI ACREDITAN QUE DURANTE SU VIDA LABORAL PERCIBIERON HABITUAL Y PERMANENTEMENTE EL CONCEPTO DE SOBRESUELDO POR TRASLADO DE PACIENTES DE URGENCIAS, ESA PRESTACIÓN DEBE CONSIDERARSE PARTE INTEGRANTE DE SU SALARIO Y, POR TANTO, TOMARSE EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD.
Texto de la tesis
La cláusula 1 del contrato colectivo de trabajo que rige las relaciones de trabajo entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y sus trabajadores, define al salario como el ingreso total que obtiene el trabajador como retribución por sus servicios; en tanto que la diversa cláusula 59 Bis dispone que a la separación de un trabajador con motivo de su jubilación por años de servicios, pensión por cesantía en edad avanzada o vejez, ese instituto pagará como prima de antigüedad el importe de 12 días de salario por cada año efectivamente laborado y la parte proporcional correspondiente a la fracci...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.