IUSera
Registro digital 2002668 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.1o.(IV Región) 1 P (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

SUSTITUCIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN POR TRABAJO EN FAVOR DE LA COMUNIDAD. DE PROCEDER ESTE BENEFICIO, LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL DEBE OTORGARLO INDEPENDIENTEMENTE DE QUE NO ESTÉN IMPLEMENTADOS LOS MECANISMOS PARA VIGILAR SU CUMPLIMIENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Penal
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Texto de la tesis

El hecho de que en el Estado de Veracruz no se hayan implementado los mecanismos para que la autoridad encargada de la ejecución de sanciones vigile el cumplimiento del sustitutivo de trabajo en favor de la comunidad, no genera a la autoridad jurisdiccional la posibilidad de negar tal beneficio; pues si bien es cierto que el artículo 92, fracción II, del Código Penal local otorga la facultad discrecional de sustituir la pena de prisión por el indicado beneficio, también lo es que del artículo 2o. de la Ley de Ejecución de Sanciones de la propia entidad, se colige que corresponde al titular del...

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