IUSera
Registro digital 2002591 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.C.22 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE SUSTRACCIÓN ILEGAL DE MENORES. NO PIERDE EL CARÁCTER DE VÍCTIMA EL SUJETO PASIVO, AUNQUE SE LE HUBIEREN DADO EXCELENTES CONDICIONES DE VIDA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Penal Civil y Familiar Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 241 del Código Penal para el Estado de Veracruz, establece: "A quien le una parentesco con persona menor de dieciocho años de edad o incapaz, o al que por instrucciones de aquél, sin causa justificada o sin orden de autoridad competente, la sustraiga de la custodia o guarda de quien la tenga de hecho o por derecho, o bien la retenga sin la voluntad de ésta, se le impondrán de dos a seis años de prisión y multa de hasta cien días de salario.". Por su parte, el artículo 373, del Código Civil para el Estado, en su fracción VI, establece una causa objetiva para perder la patria potesta...

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