JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LOS ACTOS DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DE UN AYUNTAMIENTO QUE IMPIDEN A UN REGIDOR PROPIETARIO ACCEDER A DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES PARA LAS QUE FUE ELECTO.
Texto de la tesis
De conformidad con el artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 99, cuarto párrafo, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el juicio de amparo es improcedente contra todos aquellos actos y resoluciones que violen los derechos político electorales de los ciudadanos de votar, ser votado y de afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, debido a que para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones relacionados con los derechos electorales se instituyó...
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