JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL EN LA VÍA SUMARIA. LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA RELATIVA FUERA DEL PLAZO CORRESPONDIENTE, POR REGLA GENERAL, ACTUALIZA LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA POR CONSENTIMIENTO TÁCITO, AUN CUANDO NO HAYA TRANSCURRIDO EL DE CUARENTA Y CINCO DÍAS PARA PROMOVER EN LA VÍA ORDINARIA, EN VIRTUD DE QUE AQUÉLLA NO ES OPTATIVA.
Texto de la tesis
Del proceso legislativo que originó el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2010, por el cual se adicionó el capítulo XI al título II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, denominado: "Del juicio en la vía sumaria", se advierte que aunque en la iniciativa correspondiente se previó a éste como un procedimiento optativo para el demandante, ya que incluso se establecía que, de no presentarse la demanda dentro del plazo abreviado de quince días posteriores a aquel en que surtiera efectos la notificación de la resolución impugnada, l...
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