HONORARIOS DEBIDOS A ABOGADOS Y PAGO POR RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE CAUSA EXTRACONTRACTUAL. LA ACCIÓN PERSONAL PARA SU COBRO DEBE TRAMITARSE EN LA VÍA SUMARIA Y NO EN LA ORDINARIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
Texto de la tesis
Para identificar cuándo procede tramitar un juicio en determinada vía civil es necesario analizar el contenido de la legislación correspondiente en dos aspectos fundamentales: 1) la vía o proceso que el legislador previó expresamente como procedente respecto de determinada acción; y, 2) la procedencia o no de una pluralidad de vías respecto de la misma acción. Ahora bien, el artículo 424, fracciones V y XIII, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California, prevé que las acciones de pago por honorarios debidos a abogados y por responsabilidad civil proveniente de causa e...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.