COMISIÓN SUBSTANCIADORA ÚNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA IMPUGNAR A TRAVÉS DEL RECURSO DE REVISIÓN LA SENTENCIA DE AMPARO CONCEDIDA CONTRA LAS DETERMINACIONES QUE EMITE COMO AUTORIDAD LABORAL, AL NO TRASTOCARSE SUS FACULTADES EN LA SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTES.
Texto de la tesis
En términos de los artículos 5o., 83, último párrafo, 87, primer párrafo y 88, primer párrafo, de la Ley de Amparo, el recurso de revisión puede interponerlo la parte en el juicio a quien ha causado perjuicio la resolución recurrida; por tanto, la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación, al emitir resoluciones respecto de los conflictos laborales sometidos a su jurisdicción, actúa con la finalidad de administrar justicia y garantizar los derechos de las partes con imparcialidad, por no tener interés por alguna de ellas en la contienda; de ahí que no está legitimada pa...
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