IUSera
Registro digital 2002406 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.3o.A.20 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN. EL ARTÍCULO 141 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, AL PROHIBIRLES EL DESEMPEÑO DE VARIOS CARGOS O EMPLEOS REMUNERADOS FEDERALES, ESTATALES O MUNICIPALES, NO CONTRAVIENE EL ARTÍCULO 127, SEGUNDO PÁRRAFO, FRACCIÓN III, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

Constitucional y Amparo Administrativo
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Texto de la tesis

El artículo 141 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, al prohibir el desempeño a la vez de dos o más cargos o empleos remunerados del Estado, de los Municipios o de uno y otros, o cualquiera de ellos con uno de la Federación, sean o no de elección popular, no contraviene el artículo 127, segundo párrafo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala que ningún servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico, salvo que, entre otras causas, el excedente sea consecuencia del desempeño d...

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