IUSera
Registro digital 2002397 · Tesis aislada · 10a. Época · X.A.T.6 K (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

REVISIÓN EN AMPARO. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO CONTRA LA SENTENCIA QUE, POR UNA PARTE, SOBRESEYÓ RESPECTO DE LA LEY RECLAMADA Y, POR OTRA, CONCEDIÓ LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL EN RELACIÓN CON EL ACTO DE APLICACIÓN POR VICIOS PROPIOS.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la interpretación del artículo 87 de la Ley de Amparo se colige que el presidente de la República carece de legitimación para interponer el recurso de revisión contra la sentencia que, por una parte, sobreseyó respecto de la ley reclamada y, por otra, concedió la protección de la Justicia Federal en relación con el acto de aplicación por vicios propios, ya que si bien es cierto que puede considerarse como autoridad ordenadora para efectos del juicio de amparo contra leyes, también lo es que, en el contexto descrito, no existe pronunciamiento ni estudio alguno respecto de la ley reclamada y,...

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