IUSera
Registro digital 2002374 · Tesis aislada · 10a. Época · I.11o.C.8 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRUEBAS. TÉRMINO EXTRAORDINARIO PARA SU DESAHOGO FUERA DEL LUGAR DEL JUICIO. EL OFERENTE TIENE LA CARGA PROCESAL DE SOLICITARLO.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 300, fracción I, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal establece que las pruebas que hubieren de desahogarse fuera de la entidad federativa o del país, se recibirán a petición de parte en un término de sesenta y noventa días naturales, siempre que se cumpla con el requisito de que se solicite durante el ofrecimiento. Atento a su interpretación literal, se tiene que la frase "se recibirán a petición de parte" empleada por el legislador, está referida al término de sesenta y noventa días naturales; lo que conduce a sostener que la solicitud de la ampliación de...

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