IUSera
Registro digital 2002364 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.3o.A.16 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL ARTÍCULO 58-13 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER QUE EN EL JUICIO DE NULIDAD TRAMITADO EN LA VÍA SUMARIA LA SENTENCIA SERÁ DICTADA POR EL MAGISTRADO INSTRUCTOR Y NO EN FORMA COLEGIADA, NO RESTRINGE EL ACCESO A LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA NI VIOLA EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 1O. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

Derechos Humanos Procesal y Justicia Administrativo
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Texto de la tesis

La noción de progresividad implica dos sentidos complementarios: por un lado, el reconocimiento de que la satisfacción plena de los derechos supone una cierta gradualidad; es decir, que la plena realización de los derechos no podrá lograrse completamente en un corto tiempo, al tratarse de un mecanismo necesariamente flexible, que refleja la existencia de recursos limitados y las dificultades que representa para todo país asegurar la plena realización del derecho y, por otro, el de progreso, consistente en la obligación estatal de mejorar las condiciones de goce y ejercicio del derecho. Así, la...

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