IUSera
Registro digital 2002355 · Tesis aislada · 10a. Época · I.7o.A.65 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PREVENCIÓN Y ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN. LA CARGA DE PROBAR ÉSTA RECAE EN LA PARTE ACUSADA CUANDO ACEPTA LOS HECHOS QUE MOTIVAN UNA QUEJA EN LA MATERIA PERO NIEGA LA CONDUCTA QUE SE LE ATRIBUYE, AL ADUCIR UNA CAUSA DE JUSTIFICACIÓN.

Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con los artículos 81 y 82, en relación con el 96, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, acorde con su numeral 47, la carga de probar la discriminación corresponde a quien se queja de sufrirla, siempre y cuando aquel a quien se atribuyan esos actos se concrete a negarlos; sin embargo, cuando la parte acusada acepta los hechos que motivan una queja en la materia de dicha ley pero niega la conducta que se le atribuye, al aducir una causa de justificación, esa excepción de culpa que se trad...

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