IUSera
Registro digital 2002276 · Tesis aislada · 10a. Época · II.3o.P.3 P (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

DECLARACIÓN RENDIDA POR LOS PASAJEROS DE UN AUTOBÚS CODETENIDOS DEL INDICIADO. SI NO LO HACEN CON EL CARÁCTER DE RETENIDOS Y ASISTIDOS DE SU DEFENSOR, AQUÉLLA CARECE DE VALIDEZ.

Penal Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si durante la averiguación previa los pasajeros de un autobús codetenidos del indiciado (contra quienes no se ejerce acción penal), declaran como testigos, deben hacerlo con el carácter de retenidos y estar asistidos de su defensor, en términos del artículo 128 del Código Federal de Procedimientos Penales; lo anterior es así, porque la privación de su libertad, puede poner en tela de juicio la espontaneidad, veracidad e imparcialidad de sus declaraciones y, por tanto, estar sujetos a vicios e irregularidades durante la investigación ministerial, colocándose en la misma situación fáctica que un...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.