PODERES JUDICIALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (DISTRITO FEDERAL). COMPETENCIA PARA CONOCER DE JUICIOS MERCANTILES DE CUANTÍA INFERIOR A QUINIENTOS MIL PESOS. AUNQUE NO APLIQUEN LAS NORMAS DEL JUICIO ORAL MERCANTIL.
Texto de la tesis
Conforme a las reformas en que se adicionó al Código de Comercio un título especial, denominado "Del juicio oral mercantil", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el nueve de enero de dos mil doce, todas las controversias cuya suerte principal sea menor a la que establece el artículo 1339 (quinientos mil pesos), deben tramitarse en la vía oral mercantil, en el entendido de que conforme al artículo tercero transitorio del decreto publicado el nueve de enero de dos mil doce, se estableció una prórroga para su entrada en vigor, al establecerse que en relación con los Poderes Judiciales...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.