CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES. EL ARTÍCULO 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY RELATIVA, AL REQUERIR QUE PARA QUE SE ACTUALICEN LOS SUPUESTOS QUE PREVÉ, AQUÉLLAS REALICEN UN CAMBIO DE DIRECTIVA O DE PRESIDENTE A PARTIR DE SU ENTRADA EN VIGOR, ES DE NATURALEZA HETEROAPLICATIVA.
Texto de la tesis
El artículo 30 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones dispone los plazos de duración en el cargo de sus directivos, la posibilidad de su reelección, los requisitos de procedencia para ambos aspectos, y el hecho de que la persona designada como presidente de sus respectivos consejos directivos lo es, a su vez, de la propia cámara o confederación; en ese sentido, se trata de una norma de naturaleza heteroaplicativa, en la medida en que para que se generen los supuestos normativos que prevé es necesario que la cámara o confederación realice un cambio de directiva...
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