AMPARO ADHESIVO. QUIEN LO PROMUEVE TIENE LA CARGA DE INVOCAR TODAS LAS VIOLACIONES TANTO PROCESALES COMO LAS COMETIDAS EN EL PROPIO ACTO RECLAMADO QUE ESTIME LE CAUSAN PERJUICIO.
Texto de la tesis
Del artículo 107, fracción III, inciso a), párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el seis de junio de dos mil once, se advierte que la procedencia del amparo adhesivo tiene lugar cuando se promueve por quien obtuvo sentencia favorable y tiene interés en que subsista el acto reclamado. Ahora bien, en la iniciativa que dio lugar a esta figura, se enfatizó que era una medida encaminada a dar mayor celeridad al juicio de amparo directo, porque procura concentrar en un mismo juicio el a...
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