VERIFICACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS. NO ES REQUISITO DE VALIDEZ DEL ACTA RELATIVA QUE EN ÉSTA SE INSCRIBA LA LEYENDA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 98, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN.
Texto de la tesis
El artículo 96 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que la Procuraduría Federal del Consumidor, con el objeto de aplicar y hacer cumplir las disposiciones de aquélla y de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, realizará la vigilancia y verificación necesarias, y si se trata de la revisión del cumplimiento de normas oficiales mexicanas, ésta se llevará a cabo de conformidad con este último ordenamiento, el cual, en su artículo 98 señala expresa y limitativamente los requisitos que deben hacerse constar en el acta de verificación. Por su parte, el artículo 98, fracci...
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