IUSera
Registro digital 2002098 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.A.29 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 2O.-A, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO AL NO ESTABLECER EL BENEFICIO DE LA TASA DEL 0% PARA LOS SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS COMO LO HACE RESPECTO DE LOS PRODUCTOS DESTINADOS ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE A LA ALIMENTACIÓN, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2008).

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El principio de equidad tributaria, previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no implica que los sujetos se encuentren en todo momento y ante cualquier circunstancia en condiciones de absoluta igualdad, sino que, sin perjuicio del deber de los poderes públicos de procurarla, ésta se refiere al derecho de todos los gobernados de recibir el mismo trato que quienes se ubican en similar situación de hecho. Es decir, dicho principio exige que los contribuyentes de un impuesto que se encuentran en una misma hipótesis de causación, guarden u...

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