SOBRESEIMIENTO POR CESACIÓN DE EFECTOS DERIVADO DE LA INSUBSISTENCIA DEL ACTO IMPUGNADO EN EL JUICIO CONTENCIOSO. ES IMPROCEDENTE CUANDO EXISTE JURISPRUDENCIA EMITIDA POR UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO SOBRE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY EN QUE SE FUNDA AQUÉL.
Texto de la tesis
Cuando existe jurisprudencia emitida por un Tribunal Colegiado de Circuito, aplicable a un caso concreto, sobre inconstitucionalidad de leyes en que se funda el acto impugnado, corresponde a la Sala el estudio de esa violación de fondo, resolviendo en orden a la restauración del derecho fundamental violado e impidiendo la emisión de nuevos actos fundados en dicha norma irregular, porque así lo impone el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al disponer que toda autoridad tiene, en el ámbito de su competencia, el deber de promover, respetar, proteger y garant...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.