IUSera
Registro digital 2002060 · Tesis aislada · 10a. Época · II.2o.C.6 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

SISTEMA DE PAGOS ELECTRÓNICOS INTERBANCARIOS (SPEI). CONSTITUYE UN ELEMENTO DE PRUEBA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1205 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

Mercantil Financiero y Bancario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1205 del Código de Comercio, son admisibles como medios de prueba todos aquellos elementos que puedan producir convicción en el ánimo del juzgador acerca de los hechos controvertidos o dudosos. De ahí que el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios, denominado SPEI, por sus siglas, desarrollado por el Banco de México, y adoptado por la banca comercial para la transferencia de dinero entre sus clientes, sea reconocido como un medio de prueba en términos de lo dispuesto en el citado numeral, si reúne los requisitos exigidos al efecto. Así, para...

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