IUSera
Registro digital 2002020 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.C.12 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRUEBAS EN SEGUNDA INSTANCIA. EN ATENCIÓN AL DERECHO HUMANO DE ACCESO A LA JUSTICIA SU OFRECIMIENTO NO TIENE QUE SER NECESARIAMENTE DENTRO DEL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE LA PRIMERA RESOLUCIÓN Y LA AUDIENCIA DE ALEGATOS, SINO DESDE EL ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 522 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE VERACRUZ).

Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Las normas procesales como la prevista en el artículo 522 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz tienen que cumplir con principios constitucionales. Así el de acceso a la justicia efectiva es uno de los derechos humanos que inspiran a este tipo de preceptos. Los principios de congruencia y exhaustividad que emanan del derecho a la justicia completa prevista en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, obligan a los órganos jurisdiccionales a proveer los escritos que ante ellos se presentan en los plazos fijados para ello. En este senti...

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