IUSera
Registro digital 2001998 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CCXXVII/2012 (10a.) · Primera Sala

PRINCIPIO DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL. EL LEGISLADOR NO LO VIOLA CUANDO EN LOS TIPOS PENALES UTILIZA ENUNCIADOS TALES COMO "PRISIÓN DE CINCO A ONCE AÑOS" (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 230, fracción IV, del Código Penal para el Distrito Federal, vigente en 2003, referido al delito de fraude genérico, utiliza la expresión "prisión de cinco a once años", como consecuencia de una de sus modalidades. La utilización de dicha expresión no resulta violatoria del artículo 14 constitucional, por lo que hace al principio de exacta aplicación de la ley penal, entendido como un mandato al legislador en el sentido de que, al expedir las normas penales, señale las conductas típicas y las penas aplicables con tal precisión que evite un estado de incertidumbre jurídica del gober...

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