IUSera
Registro digital 2001994 · Tesis aislada · 10a. Época · XVIII.4o.2 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA SOBRE LA FRACCIÓN DE UNA PARCELA EN COPROPIEDAD PROINDIVISO. ES IMPROCEDENTE LA ACCIÓN RELATIVA, AL NO ESTABLECER EL ARTÍCULO 20, FRACCIÓN III, DE LA LEY AGRARIA, LA POSIBILIDAD DE QUE QUIEN RESULTE CONDENADO SE CONVIERTA EN COTITULAR JUNTO CON EL QUE OBTENGA RESOLUCIÓN FAVORABLE.

Agrario y Rural
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Texto de la tesis

El artículo 48 de la Ley Agraria prevé que los derechos sobre tierras ejidales pueden ser adquiridos por personas que las hubieran poseído en concepto de titulares de derechos de ejidatario con los requisitos contenidos en dicho numeral. Ahora, es improcedente la acción de prescripción adquisitiva sobre la fracción de una parcela en copropiedad proindiviso, que se intenta con el fin de no vulnerar el principio de indivisibilidad de las parcelas, pues el diverso numeral 20, fracción III, de la mencionada ley dispone que la calidad de ejidatario se pierde por prescripción negativa cuando otra pe...

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