IUSera
Registro digital 2001969 · Tesis aislada · 10a. Época · I.7o.A.55 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

NEGATIVA FICTA. SI LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA, RESPONSABLE EN EL AMPARO, AL RENDIR SU INFORME JUSTIFICADO NO DA A CONOCER AL GOBERNADO LOS FUNDAMENTOS Y MOTIVOS POR LOS QUE AQUÉLLA SE CONFIGURÓ, TRANSGREDE LA GARANTÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA.

Constitucional y Amparo Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Ley Federal de Procedimiento Administrativo en su título tercero, intitulado: "Del procedimiento administrativo", consigna la forma en que los gobernados pueden acudir ante la autoridad administrativa a efecto de que defina y aclare su situación sobre los actos que emita, los cuales podrán ser controvertidos, en su caso, a través de los medios de impugnación a su alcance. Así, entre las disposiciones que integran dicho procedimiento, concretamente el artículo 17, establece la figura jurídica de la negativa ficta, consistente en que para el caso de que las autoridades no emitan la resolución...

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