IUSera
Registro digital 2001902 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.41 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL. SUBSISTENCIA DE LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS.

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la lectura de los artículos 288 y 302 del Código Civil para el Distrito Federal, se evidencia que el matrimonio no es la única causa generadora de la obligación de dar alimentos, pues ésta subsiste aun ante la disolución del vínculo matrimonial, caso en el cual, el juzgador debe determinar si la obligación alimentaria fijada debe subsistir, para lo cual debe tomar en cuenta la necesidad que tenga la cónyuge que durante su matrimonio se dedicó preponderantemente a las labores del hogar, al cuidado de los hijos, esté imposibilitada para trabajar o carezca de bienes; así como a las circunstanc...

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