IUSera
Registro digital 2001818 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.C.21 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

ACCIONES DE RECONOCIMIENTO DE ESTADO DE HIJO Y PETICIÓN DE HERENCIA. NO PUEDEN PROMOVERSE EN UNA SOLA DEMANDA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Aunque no existe disposición legal expresa en la legislación civil del Estado, que establezca la imposibilidad de promover en una misma demanda dichas acciones de manera genérica se obtiene tal imposibilidad si se consideran los artículos 168, 169, 170 y 171 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla vigente, que prevén el deber de intentar en una sola demanda varias acciones, siempre que se ejerciten en contra de la misma persona; provengan de una misma causal; y, no sean contradictorias, contrarias o incompatibles; aspectos los anteriores en que no encuadran las referidas...

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