IUSera
Registro digital 2001729 · Tesis aislada · 10a. Época · XVII.1o.C.T.10 L (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRUEBA TESTIMONIAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. NO EXISTE ALECCIONAMIENTO DE LOS TESTIGOS SI EN SU DESAHOGO ÉSTOS PRECISAN LAS CIRCUNSTANCIAS DE MODO, TIEMPO Y LUGAR DE LA RAZÓN DE SU DICHO CUANDO SUS RESPUESTAS NO LA LLEVEN IMPLÍCITA.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Del artículo 815, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo, se advierte la obligación de los testigos de precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar que constituyan la razón de su dicho, y de la Junta responsable de solicitarla respecto de aquellas respuestas que no la lleven implícita; lo que se traduce en que, aquéllos, al verter su declaración, están en posibilidad de abundar en su respuesta, sin limitarse a hacerlo en forma afirmativa o negativa. Por tanto, si los deponentes exponen las circunstancias por las que conocen a las partes, si tienen o no relación de trabajo entre sí...

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