PRUEBA DE INSPECCIÓN DE DOCUMENTOS QUE EL PATRÓN TIENE OBLIGACIÓN DE CONSERVAR Y EXHIBIR. SI SE HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO EN EL SENTIDO DE QUE DE NO PRESENTARLOS SE TENDRÁN POR CIERTOS PRESUNTIVAMENTE LOS HECHOS A DEMOSTRAR, ELLO CONSTITUYE UNA PRESUNCIÓN IURIS TANTUM CUYA VALORACIÓN PUEDE VARIAR AL DICTARSE EL LAUDO.
Texto de la tesis
Cuando la Junta de Conciliación y Arbitraje admite la prueba de inspección de documentos que el patrón tiene obligación de conservar y exhibir y, en su momento, hace efectivo el apercibimiento en el sentido de que de no presentarlos se tendrían por ciertos presuntivamente los hechos a demostrar, ello constituye una presunción iuris tantum que admite prueba en contrario, por lo que dicha valoración no necesariamente debe prevalecer en el laudo, dado que la única consecuencia es tener por cierto el hecho presuntivamente; de manera que esa decisión preliminar puede o no persistir, pues con todo e...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.