IUSera
Registro digital 2001714 · Tesis aislada · 10a. Época · I.6o.P.17 P (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRESCRIPCIÓN DEL DERECHO DE UNA PERSONA MORAL OFENDIDA PARA FORMULAR QUERELLA. SI ÉSTA FUE PRESENTADA POR ESCRITO POR SU APODERADO ANTES DE QUE FENECIERA EL PLAZO DE UN AÑO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 107 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL PARA FORMULARLA Y LA RATIFICA CON POSTERIORIDAD A DICHO PLAZO, NO OPERA DICHA FIGURA.

Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La querella, como un acto potestativo y unilateral existe con la notitia criminis que se da al Ministerio Público, por quien ha resentido las consecuencias de los hechos, para instarlo a la investigación y persecución del delito y del delincuente, y puede formularse, en términos de los artículos 118 y 120 del Código Federal de Procedimientos Penales, en forma verbal o escrita, siempre que sea de manera pacífica y respetuosa y, en cualquier caso, contenga la firma o huella del que la presente y su domicilio y, tratándose de una persona moral, podrá formularse a través de su representante con po...

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