IUSera
Registro digital 2001666 · Tesis aislada · 10a. Época · I.4o.(I Región) 5 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

JUICIO EN LA VÍA SUMARIA PREVISTO EN LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL PLAZO DE QUINCE DÍAS PARA PROMOVERLO ES INAPLICABLE A LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS NOTIFICADOS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE DICIEMBRE DE 2010 QUE CREÓ EL CAPÍTULO RELATIVO.

Procesal y Justicia Administrativo
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Texto de la tesis

El plazo para la promoción del juicio contencioso administrativo, por regla general, inicia a partir de que surte efectos la notificación del acto administrativo a impugnar, según lo establece la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por lo que para la presentación de la demanda, debe atenderse al plazo que se encuentre vigente en la fecha de tal notificación. Consecuentemente, el plazo de quince días para promover el juicio en la vía sumaria, que está sujeta a la cuantía de la resolución definitiva que se desee impugnar, es inaplicable a los actos administrativos notificado...

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