IUSera
Registro digital 2001612 · Tesis aislada · 10a. Época · XV.5o.1 P (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

CULPABILIDAD. PARA GRADUARLA EN LOS DELITOS CALIFICADOS NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA LAS AGRAVANTES DEL ILÍCITO PARA DETERMINAR EL GRADO DE PELIGROSIDAD DEL SUJETO ACTIVO.

Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El delito en su forma de comisión simple se castiga con un rango de penalidad determinado. Si es calificado, su punición es mayor. Por ese motivo, al graduar la culpabilidad del sujeto activo en este último rango no deben tomarse en cuenta las agravantes del ilícito (pues éstas ya fueron ponderadas, al tener un rango de punición mayor que en su comisión simple), para determinar su grado de peligrosidad; sino que dicha circunstancia debe valorarse a partir de lo que el propio hecho delictuoso refleje y demuestre qué tan peligroso resulta para la sociedad, esto es, dada la personalidad y caracte...

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