IUSera
Registro digital 2001597 · Jurisprudencia · 10a. Época · 1a./J. 68/2012 (10a.) · Primera Sala

COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE JUECES DE DISTRITO DE LA MISMA JURISDICCIÓN, DERIVADO DE UN PROCEDIMIENTO PENAL FEDERAL. SE SURTE A FAVOR DEL TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO QUE EJERZA JURISDICCIÓN SOBRE ELLOS.

Penal Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De los artículos 37, fracción VI y 29, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se advierte que los tribunales colegiados de circuito son competentes para conocer de los conflictos competenciales suscitados entre tribunales unitarios de circuito o jueces de distrito, en juicios de amparo; y que los tribunales unitarios de circuito conocerán de las controversias suscitadas entre los jueces de distrito sujetos a su jurisdicción, excepto tratándose de juicios de amparo. Por tanto, en términos del referido artículo 29, fracción V, la competencia para conocer del conflict...

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