CITACIÓN PARA SENTENCIA. SI EN ESTE ESTADIO PROCESAL SE DICTA ALGUNA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE AFECTE LOS DERECHOS ADJETIVOS DE LAS PARTES, ÉSTAS DEBEN AGOTAR EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, PREVIAMENTE A PROMOVER EL JUICIO DE GARANTÍAS (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 516 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA).
Texto de la tesis
Una interpretación sistemática del referido numeral, relativa a los efectos que produce dentro del juicio, el que se cite a las partes para que se dicte sentencia, permite establecer que éstos son: a) suspender el impulso procesal de las partes, hasta que se pronuncie sentencia; b) sujetar al juzgador a dictarla dentro del plazo señalado por la ley; y, c) impedir que se resuelva sobre recusaciones u otras cuestiones incidentales, salvo el caso en que durante este lapso se designe nuevo titular (artículo 214 ibídem). Lo anterior no significa la imposibilidad jurídico procesal de impugnar, a tra...
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