IUSera
Registro digital 2001580 · Tesis aislada · 10a. Época · XVII.2o.P.A.1 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

AUTORIDADES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. PARA CUMPLIR CON LA GARANTÍA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN NO SE REQUIERE QUE EN SUS RESOLUCIONES INVOQUEN LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE COMO FUNDAMENTO DE SU COMPETENCIA.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Ley Federal de los Derechos del Contribuyente aglutina un cúmulo de disposiciones que salvaguardan los derechos y la esfera jurídica de los contribuyentes respecto de los actos de las autoridades fiscales; sin embargo, ello no implica que las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social deban invocar dicho ordenamiento en sus resoluciones, como fundamento de su competencia, pues no les otorga facultades, sino que tiene como finalidad obligarlas a ceñir su actuación a los procedimientos establecidos en la ley y darlos a conocer a los particulares, por lo que la omisión de esa cita no...

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