IUSera
Registro digital 2001541 · Jurisprudencia · 10a. Época · VI.3o.A. J/1 (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

VALOR AGREGADO. LA MULTA IMPUESTA AL CONTRIBUYENTE POR INCUMPLIR LA OBLIGACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN VIII, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO ESPECÍFICAMENTE POR HABER OMITIDO PRESENTAR LA "INFORMACIÓN MENSUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS", NO LO DEJA EN ESTADO DE INSEGURIDAD JURÍDICA, AUN CUANDO LA CITADA DISPOSICIÓN ALUDA EXPRESAMENTE A "OPERACIONES CON PROVEEDORES", SI LA MOTIVACIÓN PLASMADA SE AJUSTA A ÉSTOS, EN FUNCIÓN DEL PROPIO PRECEPTO.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 32, fracción VIII, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado dispone que los contribuyentes de este tributo tienen la obligación de proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del referido impuesto en las operaciones con sus proveedores, cuyo incumplimiento actualiza la infracción prevista en el numeral 81, fracción XXVI, del Código Fiscal de la Federación que se sanciona con multa; en esa medida, si la autoridad impone ésta al contribuyente por haber omitido presentar la "información mensua...

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