IUSera
Registro digital 2001505 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CLXII/2012 (10a.) · Primera Sala

SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA. EL ARTÍCULO 36 BIS DE LA LEY QUE LAS REGULA, AL PREVER LA OBLIGACIÓN DE COMPARTIR INFORMACIÓN ENTRE LAS SOCIEDADES QUE REGLAMENTA, NO TRANSGREDE LA LIBERTAD DE TRABAJO.

Constitucional y Amparo Financiero y Bancario
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Texto de la tesis

El artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé la libertad de trabajo y establece que nadie puede ser privado del producto de su trabajo sino por resolución judicial. En ese sentido, el artículo 36 Bis de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, que señala que las sociedades, al emitir reportes de crédito y reportes de crédito especiales, además de la información contenida en sus bases de datos, deberán incluir la comprendida en las de las demás sociedades, y que estarán obligadas a compartir información entre ellas, no transgrede la libe...

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