IUSera
Registro digital 2001494 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.A.20 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

SENTENCIAS DEL JUICIO DE NULIDAD. PARA CUMPLIR CON EL REQUISITO DE EXHAUSTIVIDAD QUE LAS RIGE, LAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA DEBEN PRIVILEGIAR EL EXAMEN DE LAS CUESTIONES QUE LLEVEN A LA SOLUCIÓN DEFINITIVA DEL ASUNTO.

Fiscal y Hacendario Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

El artículo 51 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a partir de su reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2010, y el precepto 50 del propio ordenamiento, disponen que para cumplir con el requisito de exhaustividad que rige a las sentencias del juicio de nulidad, las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa están constreñidas a examinar todos los conceptos de anulación planteados, siempre que no exista razón legal alguna que lo impida o que determine la inutilidad de tal examen y, además, en aras d...

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