IUSera
Registro digital 2001462 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.P.9 P (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

QUERELLA EN DELITOS CULPOSOS CON MOTIVO DEL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS. SI LA AGRAVIADA ES MENOR DE EDAD Y ESTÁ INCONSCIENTE O NO PUEDE DECLARAR, EL PARTE DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTE, SURTE AQUEL EFECTO, SIENDO INNECESARIO QUE SUS PADRES O QUIEN EJERZA LA PATRIA POTESTAD LA PRESENTEN EN SU NOMBRE Y REPRESENTACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 87 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla prevé, en lo que interesa, lo siguiente: "Cuando por el tránsito de vehículos, en forma culposa se ocasione daño en propiedad ajena y/o lesiones, se aplicarán las siguientes disposiciones: I. Sólo se perseguirá a petición de parte si el presunto responsable no se hubiere encontrado en estado de ebriedad, o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares; II. Si la parte agraviada estuviera inconsciente o no pudiera declarar, el parte de las autoridades administrativas correspo...

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