IUSera
Registro digital 2001433 · Tesis aislada · 10a. Época · II.1o.P.2 P (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PRISIÓN PREVENTIVA PROLONGADA. CASOS EN LOS QUE CONFORME A UN ADECUADO CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO NO ES PROCEDENTE DECRETAR LA LIBERTAD CONTEMPLADA EN LOS ARTÍCULOS 9 NUMERAL 3 DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS Y 7 NUMERAL 5 Y 8 NUMERAL 1 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 20, apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de junio de dos mil ocho, establece un término para ser juzgado de cuatro meses si la pena máxima del delito no excede de dos años de prisión, y de un año cuando la sanción sea mayor, salvo que el procesado solicite mayor plazo para su defensa; postulado que se vincula con el artículo 17 constitucional, en torno al derecho fundamental de ministrar justicia en los plazos y términos que fijen las ley...

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