POLICÍA FEDERAL. EL ARTÍCULO 10, FRACCIÓN IX, DE LA LEY RELATIVA, NO VIOLA EL ARTÍCULO 21 CONSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
La organización de la Policía Federal se prevé en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual dispone que el Sistema Nacional de Seguridad Pública estará sujeto a diversas bases mínimas, entre las que se encuentran la regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. Ahora bien, la regulación de la permanencia en el cargo debe analizarse sistemáticamente con el artículo 123, apartado B, fracción XIII, primer párrafo, de la Constitución Fede...
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