IUSera
Registro digital 2001396 · Tesis aislada · 10a. Época · VIII.2o.P.A.5 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

PEDIMENTO DE EXPORTACIÓN. DEBE PRESENTARSE TRATÁNDOSE DE BIENES INTANGIBLES COMO LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL, LAS CONCESIONES, LICENCIAS, TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y LOS SERVICIOS.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

El artículo 36 de la Ley Aduanera establece la obligación a cargo de quienes importen o exporten mercancías de presentar, por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Por su parte, el artículo 2o., fracción III, del propio ordenamiento señala que se consideran mercancías los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad particular. Así, la expresión genérica "cualesquier otros bienes", tiene una connotación muy amplia...

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