IUSera
Registro digital 2001381 · Tesis aislada · 10a. Época · VIII.2o.P.A.9 A (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

MULTA POR NO SUMINISTRAR DATOS, INFORMES Y DOCUMENTOS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 86, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. SU IMPOSICIÓN NO SE ENCUENTRA SUPEDITADA A LA CONCLUSIÓN DE LA VISITA DOMICILIARIA DONDE FUERON REQUERIDOS.

Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al artículo 86, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, la autoridad se encuentra facultada para imponer una multa al contribuyente, responsable solidario y a los terceros con ellos relacionados, cuando cometan la infracción prevista en el artículo 85, fracción I, del propio ordenamiento, consistente en no suministrar los datos, informes, la contabilidad o parte de ella, así como todos los elementos que le hubiere requerido la autoridad para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales propias o de terceros, sin que para ello resulte necesario que hubiere concluido e...

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