IGUALDAD ANTE LA LEY. EL DERECHO RELATIVO SE GARANTIZA EN FAVOR DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO DE UN DELITO, CUANDO EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA EL NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL ES RESUELTO POR UN JUEZ PENAL DE PRIMERA INSTANCIA (INAPLICABILIDAD DEL ARTÍCULO 19, FRACCIÓN IX, DE LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ).
Texto de la tesis
El artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos prevé: "Todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.", esto es, se establece convencionalmente el derecho de las personas a ser tratadas de forma igual ante la ley. Por su parte, si tratándose del ejercicio de la acción penal, el Ministerio Público consigna la averiguación previa ante un juzgado penal de primera instancia, por contar con aptitud legal de analizar el cuerpo del delito, la responsabilidad penal del inculpado y, en su momento, la repar...
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