IUSera
Registro digital 2001312 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.32 C (10a.) · Tribunales Colegiados de Circuito

EMPLAZAMIENTO ATENDIDO POR UN MENOR DE DIECIOCHO PERO MAYOR DE DIECISÉIS AÑOS, NO RESULTA ILEGAL.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los artículos 23 y 646 del Código Civil para el Distrito Federal establecen que la mayoría de edad comienza a los dieciocho años cumplidos, por lo que una persona de menor edad está restringida respecto de su capacidad de ejercicio. No obstante lo anterior, el derecho sustantivo civil, laboral y administrativo contempla diversos supuestos que describen los actos que un menor de dieciocho años, pero mayor de dieciséis, puede realizar válidamente, atendiendo a su madurez mental, tales como el otorgamiento de testamento, la celebración del matrimonio y de capitulaciones matrimoniales, gravar un i...

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