DEMANDA DE AMPARO. SI SU SUSCRIPTOR RATIFICA LA FIRMA QUE LA CALZA ES ILEGAL QUE EL JUEZ DE DISTRITO UNILATERALMENTE INVESTIGUE SOBRE LA AUTENTICIDAD O FALSEDAD DE ÉSTA Y ORDENE LA RECEPCIÓN DE UNA PERICIAL PARA RESOLVER CONFORME AL RESULTADO DE DICHA PRUEBA.
Texto de la tesis
La facultad del juzgador de prevenir al quejoso para que ratifique la firma que calza el escrito de demanda de amparo, tiene como única finalidad que tenga la certeza de que quien la plasmó, efectivamente fue aquél, máxime si existe tal discrepancia con alguna de las firmas que obran en autos; sin embargo, dicha potestad no da al juzgador poder unilateral de investigación respecto de la autenticidad o falsedad de aquélla, habida cuenta que dentro de las facultades que la ley le otorga no se encuentra la de indagar al respecto, cuando la firma ha sido ratificada ante su presencia, pues surte pl...
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