DEFINITIVIDAD EN EL AMPARO. LA EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO RELATIVO EN LOS CASOS EN QUE ÚNICAMENTE SE ALEGUEN VIOLACIONES DIRECTAS A LA CONSTITUCIÓN FEDERAL NO SE ELIMINÓ CON MOTIVO DE LA AUTORIZACIÓN DEL CONTROL DIFUSO, ORIGINADA POR LA REFORMA AL ARTÍCULO 1O. CONSTITUCIONAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE JUNIO DE 2011.
Texto de la tesis
Con motivo de la mencionada reforma al artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el sistema de control de constitucionalidad de nuestro país se transformó, ya que se autorizó el control difuso, razón por la cual actualmente los Jueces del orden común pueden conocer -en vía indirecta de control- de violaciones directas a la Norma Fundamental. Sin embargo, esa nueva facultad no puede interpretarse en perjuicio de los gobernados, al considerar que se elimina la excepción al principio de definitividad que rige en el juicio de amparo en los casos en que únicamente se...
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